Lote de cetros de amatista en bruto, 1 kilo, puntas medianas

  • Nuevo
Lote de cetros de amatista en bruto, 1 kilo, puntas medianas
  • Lote de cetros de amatista en bruto, 1 kilo, puntas medianas
  • Lote de cetros de amatista en bruto, 1 kilo, puntas medianas
  • cetro de amatista en bruto
  • Lote de cetros de amatista en bruto, 1 kilo, puntas medianas
  • Lote de cetros de amatista en bruto, 1 kilo, puntas medianas
121,00 €

Los precios se muestran al detalle
(impuestos incluidos) .

Cantidad

Lote de un kilo de cetros de amatista, piezas únicas de puntas naturales tipo diente de dragón

Descubre estos impresionantes cetros de amatista en bruto, caracterizados por sus hermosas puntas y su forma alargada. Estas piezas, conocidas también como antorchas de amatista o dientes de dragón, destacan por su elegancia y autenticidad.

Este lote incluye entre 4 y 5 piezas de amatista, cada una con un peso de entre 200 a 300 gramos, con un peso total de 1 kilo. Las dimensiones de cada cetro varían dependiendo de su grosor, siendo los más delgados generalmente más largos y los más anchos, más cortos.

Cada cetro de amatista en bruto mantiene su forma original, con las características fisuras y grietas naturales propias de los cristales sin pulir. Estos detalles realzan su autenticidad y no deben considerarse imperfecciones.

Las fotos muestran ejemplos representativos del producto. Al adquirir este lote de cetros de amatista, recibirás piezas de calidad similar, cuidadosamente seleccionadas para asegurar su satisfacción.

Provenientes de los ricos filones de cristales formados hace milenios en las profundidades de la tierra en el nordeste de Brasil, estas amatistas poseen un atractivo especial. Los yacimientos que han proporcionado este material se han descubierto en épocas recientes, y su mineral sorprende por su color morado distintivo, su alta calidad y el tamaño natural de los cristales.

PT31

Sepa más pinchando en los links:

Amatista

warning Seguridad del Producto - Reglamento (UE) 2023/988

Producto exento de las normas del GPSR según el Artículo 51 del GPSR